miércoles, 25 de febrero de 2009

Mapa del Partido de Baradero y sus áreas importantes para su conservación



Mapa del Partido de Baradero y
sus áreas importantes para su conservación

miércoles, 4 de febrero de 2009

Propuesta para la creación del Sistema de Áreas Naturales Protegidas del Partido de Baradero.

Propuesta para la creación del Sistema de Áreas Naturales Protegidas del Partido de Baradero.

Buenos Aires - Argentina
Proyecto de Ordenanza:

Marco legal y administrativo


“Creación del Sistema de Áreas Naturales Protegidas del Partido de Baradero”.


Visto la necesidad de brindar protección legal a las valiosas muestras de bosques autóctonos del Partido de Baradero, que representan las riquezas que la biodiversidad biológica nos ofrece en la eco región del Espinal, la pampa y Delta e Islas del Estuario del Río Paraná.

Considerando que se trata del último corredor biológico de extensión considerable de bosques de barrancas y ambientes asociados que todavía se encuentra en muy buen estado de conservación, con la flora y fauna más representativa. Los bosques nativos del nordeste bonaerense han sido tenazmente destruidos desde la colonización, quedando su área de distribución restringida, en la actualidad, a escasos manchones aislados en consecuencia su conservación resulta prioritaria.

Que aún hoy se presentan zonas con excelente estado de conservación de sus ambientes naturales, conteniendo los relictos de mayor biodiversidad en todo el subdistrito del tala. Estas unidades coinciden con la de los espinales y algarrobales pampeanos, definidas en la estructura biogeográfica de la Administración de Parques Nacionales realizada en 1991, como así también referenciada en la investigación realizada en 1995, por la Asociación Ornitológica del Plata-Aves Argentina, que demuestra que la riquezas natural del Partido de Baradero es una muestra única en la Provincia de Buenos Aires. (Estudio solicitado por la Municipalidad de Baradero).

Que es significativa la importancia de crear un Sistema de Áreas Naturales Protegidas que involucre la debida protección y conservación (Segunda Jornadas Provinciales de Talares Bonaerenses, Baradero 2007), a saber:


* De las especies vegetales arbóreas asociadas en los talares como el Chañar (Geoffroea decorticans),espinillo (Acacia Caven)el quebrachillo (Acanthosyris spinescens), el quebracho blanco (Aspidosperma quebracho blanco), Tala (Celtis tala), sombra de toro (Jodina rhombifolia), molle (Schinus longifolius) y fundamentalmente el algarrobo blanco (Prosopis alba),y otras.(Proyecto de declaración, Chébez 2006)

* Importancia Ornitológica donde se registran 239 especies de aves, cuatro de ellas globalmente amenazadas el flamenco austral(Phoenicopterus chilensis), el playerito canela (Tryngites subruficollis), el espardillero enano ( Spartonoica maluroides) y el capuchino garganta café (Sporophila ruficollis) y dos endemismo de Argentina han sido hallados en el partido, el espartillero pampeano (Asthenes hudsoni) y la monjita castaña (Neoxolmis rubetra). Varias especies de los ensambles Centro de Sudamérica y Pampa confluyen en áreas de Baradero y así numerosas especies alcanzan aquí el límite austral de su distribución.
De acuerdo a tan valiosa presencia de biodiversidad biológica y que estas aves son indicadoras de estos ambientes en buen estado de conservación, asignando carácter de prioritario su preservación donde la iniciativa de Bird Life International-Aves Argentinas designan en su Inventario Mundial y Nacional la denominación de “AICAS a las Barrancas del Partido de Baradero”

*Síntesis de las Áreas Protegidas Declaradas:

En Convenio de Cooperación entre la Municipalidad de Baradero y la Fundación de Historia Natural Félix de Azara.

Programa de Reserva Privada:

1) Reserva Natural Estricta Privada de la Fundación Figueroa Salas.
Denominada “Barranca Norte” 56has.
Declaración por Convenio con la Municipalidad de Baradero.
Ordenanza 2433/2000.-

2) Reserva Natural Privada de la Familia Gastellu
Denominada “La Barranca”.- 6has.
Declaración por Convenio con la Municipalidad de Baradero.

Reserva Municipal:

* Reserva Natural Urbana – Municipalidad de Baradero
Denominación “Parque del Este”.-
Ordenanza 3743/2008.

* Parque Nuevas Raíces –Sociedad Suiza y Municipalidad de Baradero
Denominación “Área de Interpretación Temática Geológica, Arqueológica y Paleontológica”. (Proyecto de Declaración).
Ordenanza 2483/01
Resolución 45/04

* Colonia Suiza, primera área de protección natural, histórica, cultural y turística.
Ordenanza 2329/2000.
Ordenanza 1348/91.
Declaración de Interés turístico 14/05.-
Resolución 45/04

* Cementerio Indígena - Museo de Sitio.
Ordenanza 3186/05
Ordenanza 2483/01
Resolución 45/04



*Parque Sarmiento – Paseo Botánico
Ordenanza 1348/91
Ordenanza 1647/94
Resolución 24/05


* Sección 4ta. Islas – Reserva Natural Paraná Guazú (con interés de la Administración de Parques Nacionales en compensación por el impacto ambiental que produciría la implementación del proyecto del puerto de ultramar.)
Esta Isla se mantiene en un excelente estado de conservación y es propicia la Declaración de Área Natural Protegida a nivel provincial y o nacional.
Ordenanza N° 3510/2008.

Solicitud para el ingreso de Declaración de Ley al sistema de Áreas Naturales de la Provincia de Buenos Aires según Ley 10.907. Intendente Dr. Aldo Mario Carossi, 7 de abril de 2008.

* Paisaje Protegido Río Arrecifes, en el Partido de Baradero, desde su confluencia con el arroyo Cahuané hasta su desembocadura en el Río Baradero, este río recorre un sector de gran importancia formando un meandro de increíbles características que resaltan a la vista desde las barrancas en Baradero, formando un escenario natural de gran relevancia en torno al paisaje que conforma.
Su cuenca es estudiada desde enero de 1766 y desde época colonial, se utilizaba el río como medio para el transporte de las producciones agrícolas y en su desembocadura existió el primer molino dando origen a la industria local .-

* Paisaje Protegido y Monumento Natural las Barrancas. Son escasas las barrancas que se encuentran en estado natural, sin ninguna intervención del hombre, dentro de los sectores costeros urbanos-costeros turísticos, transformándose la unidad paisajística por extracción de tosca. Por esta razón es necesario custodiar los manchones de barranca, evitando el cambio sustancial de este suelo. A raíz de esta protección, se declara Monumento Natural a las Barrancas, accidente geológico, y de gran importancia para las futuras generaciones, como así también la interpretación, y la gracia de contar con la fisonomía natural y geográfica que nos brinda Baradero. Por esta razón y por la belleza que desprende desde lo visual a geológico es importante nombrarlas Paisaje Protegido.
Ordenanza 735/84.-
Proyecto de Ordenanza como Unidad Paisajista en Elaboración.


El Estado Municipal tiene la potestad de conservar su patrimonio natural en el Partido de Baradero, con vistas a resguardar la calidad de vida de la población, como así también, en virtud del conocimiento, el aprendizaje, la difusión y el uso del medio, como principal motivador del encuentro con nuestra identidad, nuestra historia y nuestros orígenes. Haciendo hincapié, en una formación educativa distinta que tome como referencia los valores locales y regionales.











Ordenanza

Artículo 1: Créase el Sistema de Áreas Naturales Protegidas del Partido de Baradero, con el objetivo de resguardar el origen de nuestra identidad natural; conformado por las Áreas Naturales Importantes para su Conservación; las mismas se clasifican en:

A-Programa de Reservas Privadas.

1)Reserva Natural Estricta Privada de la Fundación Figueroa Salas, denominada “Barranca Norte” 56has.
Declaración por Convenio con la Municipalidad de Baradero.
Ordenanza 2433/2000.-

2)Reserva Natural Privada de la Familia Gastellu, denominada “La Barranca”6has.
Declaración por Convenio con la Municipalidad de Baradero.


B-Reserva Municipal.

* Sección 4ta. Islas – Reserva Natural Paraná Guazú (con interés de la Administración de Parques Nacionales, y del Sistema de Áreas Naturales Protegidas de la Provincia de Buenos Aires, y en compensación por el impacto ambiental que produciría la implementación del Proyecto del Puerto de Ultramar.)

Esta isla se mantiene en un excelente estado de conservación y es propicia la Declaración de Área Natural Protegida a nivel provincial y/ o nacional.
Ordenanza N° 3510/2008.
Solicitud enviada por el Intendente Municipal Dr. Aldo Mario Carossi.


* Reserva Natural Educativa – Municipalidad de Baradero.
Denominación “Parque del Este”.-
Ordenanza 3743/2008.


C- Parque Nuevas Raíces, Cementerio Indígena y Parque Sarmiento.


* Parque Nuevas Raíces –Sociedad Suiza y Municipalidad de Baradero
Denominación “Área de Interpretación Temática Geológica, Arqueológica y Paleontológica”. (Proyecto de Declaración).
Ordenanza 2483/01
Resolución 45/04

* Cementerio Indígena - Propiedad Municipal.
Ordenanza 3186/05
Ordenanza 2483/01
Resolución 45/04




*Parque Sarmiento – Paseo Botánico
Ordenanza 1348/91
Ordenanza 1647/94
Resolución 24/05



D-Colonia Suiza.

* Colonia Suiza, primera área de protección natural, histórica, cultural y turística.
Ordenanza 2329/2000.
Ordenanza 1348/91.
Declaración de Interés turístico 14/05.-
Resolución 45/04


E-Aica- Área Importante para la Conservación de Aves.

* Importancia Ornitológica donde se registran 239 especies de aves, cuatro de ellas globalmente amenazadas el flamenco austral(Phoenicopterus chilensis), el playerito canela (Tryngites subruficollis), el espardillero enano ( Spartonoica maluroides) y el capuchino garganta café (Sporophila ruficollis) y dos endemismo de Argentina han sido hallados en el partido, el espartillero pampeano (Asthenes hudsoni) y la monjita castaña (Neoxolmis rubetra). Varias especies de los ensambles Centro de Sudamérica y Pampa confluyen en áreas de Baradero y así numerosas especies alcanzan aquí el límite austral de su distribución.



f-De las especies de flora nativa.

* De las especies vegetales arbóreas asociadas en los talares como el Chañar (Geoffroea decorticans),espinillo (Acacia Caven)el quebrachillo (Acanthosyris spinescens), el quebracho blanco (Aspidosperma quebracho blanco), Tala (Celtis tala), sombra de toro (Jodina rhombifolia), molle (Schinus longifolius) y fundamentalmente el algarrobo blanco (Prosopis alba),y otras.(Proyecto de declaración, Chébez 2006)

G- Del paisaje Protegido.


* Paisaje Protegido Río Arrecifes, en el Partido de Baradero, desde su confluencia con el arroyo Cahuané hasta su desembocadura en el Río Baradero, este río recorre un sector de gran importancia formando un meandro de increíbles características que resaltan a la vista desde las barrancas en Baradero, formando un escenario natural de gran relevancia en torno al paisaje que conforma.
Su cuenca es estudiada desde enero de 1766 y desde época colonial, se utilizaba el río como medio para el transporte de las producciones agrícolas y en su desembocadura existió el primer molino dando origen a la industria local .-

* Paisaje Protegido y Monumento Natural las Barrancas. Son escasas las barrancas que se encuentran en estado natural, sin ninguna intervención del hombre, dentro de los sectores costeros urbanos-costeros turísticos, transformándose la unidad paisajística por extracción de tosca. Por esta razón es necesario custodiar los manchones de barranca, evitando el cambio sustancial de este suelo. A raíz de esta protección, se declara Monumento Natural a las Barrancas, accidente geológico, y de gran importancia para las futuras generaciones, como así también la interpretación, y la gracia de contar con la fisonomía natural y geográfica que nos brinda Baradero. Por esta razón y por la belleza que desprende desde lo visual a geológico es importante nombrarlas Paisaje Protegido.
Ordenanza 735/84.-
Proyecto de Ordenanza como Unidad Paisajista en Elaboración.


Artículo 2: Es autoridad de aplicación del Sistema de Áreas Naturales Protegidas del Partido de Baradero, la Dirección de Gestión Ambiental, que dirigirá todas las acciones de investigación, educación ambiental como así también, la creación del cuerpo de guardaparques.


Artículo 3: Declarar a la región que comprende desde Atanor hasta la desembocadura del río Areco, Unidad Paisajística de Interés Municipal, Talares Bonaerenses y debe registrarse en la Ley de Bosques Nativos.

Artículo 4: Según el Proyecto de Ordenamiento Territorial de Islas: expediente 4009- 9408”D”/08, se debe contemplar el 10% del territorio privado de islas, en un solo bloque conjunto, para Áreas Protegidas; además las propiedades o parcelas registradas, como fiscal y/o Municipal que no han sido destinadas a otros proyectos.

Artículo 5: El Estado Municipal pone a disposición el Sistema de Áreas Protegidas del Partido de Baradero, a los Organismos de Preservación de la Provincia de Buenos Aires y a la Administración de Parques Nacionales a su consideración como a las ONG que soliciten su participación.

Articulo 6: De forma.








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Miguel A. Germann
Coord. Áreas Naturales Protegidas